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Abono de las ayudas

Repercusión de las ayudas en la factura del proveedor:

Los proveedores adheridos al Programa repercutirán directamente a las empresas beneficiarias de las ayudas el importe de la subvención correspondiente, ejerciendo como intermediarios en el pago. Para ello, los proveedores reflejarán en la factura el concepto “Subvención al desarrollo e implantación de páginas web individuales para pymes. Proyecto Avilés Ciudad Digital” y el importe de la subvención correspondiente (comunicado en la carta de concesión), que se descontará del importe de la factura una vez aplicado el IVA y las retenciones correspondientes, si las hubiera.

Solicitud de reintegro del importe de las ayudas al proveedor:

El reintegro de las ayudas al proveedor deberá ser solicitado por escrito utilizando para ello el formulario de Solicitud de Abono al Proveedor que se recoge en el Anexo II de esta convocatoria, que estará disponible a tal efecto en la Oficina Técnica “Avilés Ciudad Digital” (Centro de Empresas “La Curtidora” - Oficina 213, C/ Gutiérrez Herrero, 52 - 33402 Avilés) y a través de la página web del Proyecto Avilés Ciudad Digital www.avilescd.org. Las solicitudes deberán presentarse en dicha Oficina. Será requisito imprescindible la certificación del cumplimiento de las condiciones exigidas en la Resolución de Concesión, dentro del plazo que en la misma se indique. A tal efecto, deberá presentarse la siguiente documentación:

  • Formulario de Solicitud de Abono al Proveedor debidamente cumplimentado, firmado y sellado por la empresa beneficiaria de las ayudas (Anexo II). En dicho formulario se recogen también los siguientes aspectos:
    • Conformidad del beneficiario con la página web desarrollada.
    • Declaración de la empresa beneficiaria del importe que le ha sido aplicado en la factura en concepto de subvención.
    • Aceptación de la subvención y autorización del pago a la empresa proveedora.
  • Fotocopia de la factura y del justificante bancario del pago correspondiente a la misma. Dicha factura deberá detallar los conceptos facturados, según el desglose de conceptos subvencionables especificado en la disposición tercera de esta convocatoria, desglosando asimismo los importes correspondientes a cada concepto.
  • Otra documentación acreditativa de la realización de las acciones subvencionadas (altas, contratos, etc.). Específicamente se solicitarán los siguientes:
    • El documento de registro del alta de dominio, cuando proceda, que deberá reflejar la titularidad del mismo a nombre de la empresa beneficiaria.
    • Certificado de inscripción del dominio en el registro mercantil, en el caso de sociedades.

La empresa beneficiaria tiene a su disposición a la Oficina Técnica del proyecto para consultar cuantas dudas le surjan sobre el proceso de desarrollo, así como para solicitar que la Oficina Técnica realice una o varias revisiones técnicas preliminares antes de dar su conformidad con la página desarrollada, así como antes de proceder al pago de la misma a la empresa suministradora. Este asesoramiento deberá solicitarse durante el proceso de desarrollo, previamente a la finalización del plazo para la justificación de las ayudas. A partir de la expiración de dicho plazo, se entenderá que si la empresa no ha presentado la documentación solicitando el abono de las ayudas, que lleva explícitamente asociados la finalización de la página, la conformidad con el desarrollo y el pago de la misma a la empresa proveedora, la empresa beneficiaria renuncia a la ayuda correspondiente.

El plazo de entrega de la documentación justificante de las acciones realizadas finalizará con carácter general a los seis meses de terminada la vigencia de la convocatoria, y en todo caso, en la fecha fijada por la resolución de concesión de la subvención. A tal fin, el beneficiario ha de proporcionar, diligentemente, toda la información que se le solicite sobre las acciones realizadas o sobre la empresa.

Reintegro al proveedor:

Se procederá al reintegro del importe de las ayudas al proveedor una vez comprobada la documentación requerida, así como verificado, mediante inspección, el cumplimiento de los requisitos establecidos en la resolución de la convocatoria. La Oficina Técnica “Avilés Ciudad Digital” podrá requerir la realización de inspecciones y demostraciones in-situ de la página web desarrollada.

Una vez realizado el pago, se remitirán sendas cartas a las empresas proveedora y beneficiaria, indicándoles el importe que ha sido transferido a la empresa proveedora en concepto de subvención para la empresa beneficiaria.

Por otra parte, en la página web del Proyecto Avilés Ciudad Digital www.avilescd.org se publicará una relación de todas las empresas beneficiarias del presente Programa, así como un acceso a sus páginas web.

AVISO IMPORTANTE

  • Toda reducción de la justificación de la cantidad, supondrá la disminución proporcional en el importe a recibir, siempre y cuando se sigan cumpliendo el resto de requisitos, ya que su incumplimiento implicará la renuncia a las ayudas.
  • El incumplimiento de los plazos o de la entrega de la totalidad de la documentación requerida en la presente convocatoria, así como el incumplimiento de cualesquiera otros requisitos, implicará la renuncia de la empresa a las ayudas.
Icono apartado comercio inversión respecto al presupuesto global: Carreño, 0.82%; Avilés, 4.38%